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constitución y estatutos

¿Qué es un luterano?

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Los luteranos se suscriben a la autoridad de las Escrituras, las Confesiones luteranas y los tres Credos ecuménicos (Credo de los apóstoles, Credo de Nicea y Credo de Atanasio). Estos escritos y credos confesionales se registran en el volumen, El Libro de la Concordia, cuyo único propósito era y sigue siendo buscar la "armonía" ("Concordia") entre aquellos que se hacen llamar "luteranos".

Según las Confesiones, los Luteranos creen, enseñan y confiesan que la Biblia es la Palabra de Dios y que es "la única regla y norma de toda doctrina". Junto con esta comprensión de la Escritura, es exclusivamente Luterano creer, enseñar y confesar que toda la Escritura está dividida en Ley o Evangelio. Junto con las Escrituras, los Luteranos se suscriben a las Confesiones como normativas para la fe y la vida porque son una interpretación de la Palabra de Dios. Y esta confesión es hecha por personas y pastores que se hacen llamar "Luteranos".

 

El miembro de la Iglesia Luterana General libre de ver el libro de Concordia desde la perspectiva "quia" o "quatenus". Aquellos que se aferran a la perspectiva "quia" creen que el Libro de la Concordia es una exposición fiel de las Escrituras. Los que se aferran a la perspectiva "quatenus" se suscriben al Libro de la Concordia en la medida en que el Libro de la Concordia sea fiel a las Escrituras. En la Iglesia Luterana General, la perspectiva Quatenus solo aplica a la creencia de la Redencion Universal. El resto de los postulados teologicos siguen fundamentados a las COnfeciones Luteranas. 

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Los luteranos son "evangélicos", lo que significa lo que los luteranos creen, enseñan y confiesan como parte de su testimonio público al mundo por el Evangelio de nuestra salvación por gracia a través de la fe en Jesucristo. Ese testigo envía luteranos al mundo mientras responden al dictado bíblico de "Ve y haz discípulos de todas las naciones" (Mateo 28: 18-20).

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La Sagradas Escrituras


Creemos que la Biblia es la revelación escrita de Dios al hombre, y por lo tanto, los 66 libros de la Biblia que nos dio el Espíritu Santo constituyen la Palabra de Dios plenaria (inspirada por igual en todas las partes) (1 Cor 2: 7-14; 2 Ped. 1: 20-21).

Creemos que la Palabra de Dios es una revelación proposicional objetiva (1 Tes. 2:13; 1 Cor. 2:13), inspirada verbalmente en cada palabra (2 Tim. 3:16), absolutamente infalible en los documentos originales, infalible y de Dios. -respiré.

Creemos que la Biblia constituye la única regla infalible de fe y práctica (Mateo 5:18; 24:35; Juan 10:35; 16: 12-13; 17:17; 1 Cor 2:13; 2 Tim 3: 15- 17; Hebreos 4:12; 2 Pedro 1: 20-21). Creemos que Dios habló en Su Palabra escrita mediante un proceso de autoría dual. El Espíritu Santo supervisó tanto a los autores humanos que, a través de sus personalidades individuales y diferentes estilos de escritura, compusieron y registraron la Palabra de Dios al hombre (2 Pedro 1: 20-21) sin error en todo o en parte (Mateo 5: 18; 2 Timoteo 3:16).

PREÁMBULO:

Declaramos y establecemos esta Constitución y estos Estatutos para preservar y perpetuar los principios de nuestra fe cristiana común y para gobernar este cuerpo de manera ordenada y bíblica. Estos Estatutos buscarán preservar las libertades de cada miembro individual y la libertad de acción de este cuerpo para cumplir su propósito dado por Dios.

 

ARTÍCULO 1. NOMBRE

El nombre legal de esta organización será General Lutheran Church, Inc. y también será conocida como General Lutheran Church.

 

ARTÍCULO 2. OBJETIVO

Defender el cristianismo bíblico centrado en Cristo, moralmente sólido, que comprende la fe cristiana: la fe y la práctica de los apóstoles y los primeros discípulos de Jesucristo, nuestro Señor y Salvador.

 

ARTÍCULO 3. DECLARACIÓN DE LA UNIDAD Y LAS VERDADES FUNDAMENTALES

Reconociendo la unidad de la Iglesia de Cristo en todo el mundo, y sabiendo que no somos más que una rama del pueblo de Cristo, al tiempo que nos adherimos a nuestra fe y orden particulares, extendemos a todos los creyentes la mano de la comunión cristiana, sobre la base de esos Grandes verdades fundamentales en las que todos deberían estar de acuerdo. Con ellos confesamos nuestra creencia en un Dios, cuya naturaleza es el amor, revelado en un Señor Jesucristo, por un Espíritu Santo de gracia. Creemos que Jesús vino en la carne, murió por nuestros pecados, fue sepultado y resucitó al tercer día según las Escrituras. Afirmando ahora nuestra creencia de que aquellos que se aferran a estas verdades fundamentales juntas constituyen la única Iglesia universal, cuyos varios hogares, aunque son llamados por diferentes nombres, son el único cuerpo de Cristo, y que estos miembros de su cuerpo están sagradamente unidos a para mantener "la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz", declaramos que cooperaremos con todos los que sostienen estas verdades. Creemos que, más allá de estas verdades fundamentales, puede haber unidad en la diversidad y diversidad en la unidad en otros detalles de fe dentro del cuerpo de Cristo.

 

ARTÍCULO 4. DECLARACIÓN DE FE

La Iglesia Luterana General valora las Confesiones Luteranas expresadas en el Libro de la Concordia, otras obras de Martin Lutero y los escritos de Samuel Simon Schmucker como guías teológicas, y permite a sus ministros y congregaciones la libertad de conciencia para interpretar y aplicar las enseñanzas de Las confesiones luteranas. La iglesia también apoya el derecho y el deber del juicio privado en la interpretación de las Escrituras. En el caso de profesar ideologias teologicas, cada congregacion de la ILG, Ministros Ordenados, y otros ministerios deberan estar aprobadas por el Decano de la Denominacion.

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Ademas, la denominación espera que las congregaciones y los ministros cumplan con la profesión de fe de Heidelberg y el siguiente conjunto de creencias:

* Creencia en el Padre, Hijo y Espíritu Santo. - Juan 1:18

* Creer que Jesucristo es el Señor y Salvador de todos. - 1 Corintios 15:22

* Creer que la Biblia es la Palabra de Dios, Verbal, Inspirada e Inerrante y suficiente para la fe y la práctica. - Mateo 4: 4

* Creencia en dos sacramentos: el santo bautismo y la santa comunión. - Marcos 22: 14-20

* Creencia en la justa retribución por el pecado. - Colosenses 3:25

* Creer que hay una amplitud en la misericordia de Dios. - Efesios 2: 4-7

La denominación basa su creencia en la salvación universal de la declaración de Martín Lutero: "Dios no permita que limite el tiempo de adquirir fe a la vida presente. En la profundidad de la misericordia divina, puede haber una oportunidad de ganarla en el futuro, "y del Nuevo Testamento:" Y cuando sea levantado de la tierra, atraeré a todos hacia mí "(Juan 12:32)," Todos verán la salvación de Dios "(Lucas 3: 6), y" Nuestra esperanza está puesta en el Dios viviente, quien es el salvador de todas las personas, especialmente las que creen "(1 Timoteo 4:10).

 

PRINCIPIOS DE UNIDAD
SOMOS CRISTIANOS PROTESTANTES
No somos una comunidad "católica evangélica" en el sentido de tener el deseo de volver a unirnos a la Iglesia Romana, ya sea eclesiastica o teologicamente. Tampoco adoptaremos ninguna de sus posturas teologicas adoptadas en el Concilio de Trento, ni en ninguno de sus concilios subsiguientes. Somos una comunidad "evangélica católica", ya que nos adherimos a los principios, dogmas y doctrinas generalmente aceptados de la fe protestante dentro del cristianismo como se establece en las Confesiones Luteranas.

 

SOMOS UNA COMUNIDAD LUTERANA
La Iglesia Luterana General, Inc. es una comunidad de cristianos que reconocen y adoptan el luteranismo tradicional.

SOMOS UNA IGLESIA DE IGUALES
Se han celebrado conferencias en la Iglesia cristiana desde su comienzo. La consulta y colaboración mutuas son esenciales para convertirse en una comunidad efectiva. La Iglesia es una comunidad de intercambio mutuo, apoyo, aliento y colaboración.

PRINCIPIOS DE VISIÓN

La antigua fe cristiana puede ser una expresión relativa de la verdad universal de que toda vida es sagrada y unida.

La Iglesia denuncia la discriminación basada en género, raza, sexualidad, nacionalidad, idioma, cultura, religión, discapacidad u otras características distintivas.

Participar en la "Gran Comisión" (San Marcos 16:15) requiere una demostración del mensaje liberador del Evangelio, no solo su proclamación. Debemos practicar lo que predicamos.

El mensaje evangélico de Jesucristo obliga a todos los creyentes a luchar por la justicia y la paz entre todas las personas y a convertirse en defensores dedicados de los quebrantados, maltratados y magullados.

La fe cristiana incluye reverencia y cuidado por la Tierra y todas las cosas creadas.

La fe cristiana es un viaje de desarrollo espiritual y requiere un compromiso de aprendizaje continuo.

 

ARTÍCULO 5. MEMBRESÍA

CALIFICACIONES PARA LA MEMBRESÍA. La membresía consistirá en personas que estén de acuerdo con la Declaración de Fe y que acaten la Constitución y los Estatutos de la Iglesia Luterana General, Inc.

PACTO DE CONDUCTA DE LOS MIEMBROS Los principios fundamentales de General Lutheran Church, Inc. se basan en la Palabra de Dios. Por lo tanto, se espera que cada miembro viva de acuerdo con sus enseñanzas y evite y se abstenga de lo que es destructivo para la vida cristiana y deshonroso para Dios. Se advierte sinceramente a todos los miembros que:

Mantener altos valores éticos y morales en todos sus tratos, personal y profesionalmente.

Respetar la diferencia de los demás en las creencias religiosas, incluidas las diferencias de doctrina, estilo y personalidad de otros cristianos a medida que siguen las direcciones del Espíritu Santo.

Solo hable de manera edificante con respecto a los demás, incluidos los ministros cristianos, los ministerios y el Cuerpo de Cristo en general.

Trate a todos los que entran en contacto como les gustaría que los traten.

Todos los miembros y ministros de la Iglesia Luterana General, Inc. son responsables de sus propias acciones. La Iglesia General Luterana, Inc. no asume responsabilidad legal por ninguno de sus miembros o ministros asociados. La membresía y la posición ministerial en la Iglesia Luterana General, Inc. serán revocadas por conductas probadas que no sean cristianos y ministros.

 

ARTÍCULO 6. GOBIERNO Y FUNCIONARIOS

 

El gobierno de la Iglesia Luterana General, Inc. es semi-congregacional. El organismo central de gobierno y regulación de la Iglesia Luterana General, Inc. es el Liderazgo Nacional. El Liderazgo Nacional está compuesto por el Decano, el Decano Adjunto, el Rector del Instituto del Ministerio Pastoral y el Secretario de Grabación. No se pagarán salarios a ningún funcionario de la Iglesia Luterana General, Inc.

El decano es el presidente, el administrador ejecutivo y el líder espiritual de la denominación. El Decano está investido de la responsabilidad de garantizar que se cumplan el propósito y la misión de la Iglesia Luterana General y que se cumplan la Declaración de Fe y los principios generales de la fe cristiana.

Las responsabilidades incluyen la supervisión y regulación de asuntos relacionados con los intereses administrativos, legislativos, ministeriales, evangelísticos, educativos, misioneros, benevolentes y de otro tipo de la denominación.

El decano supervisa el trabajo de la iglesia en su conjunto. Como pastor, él proporciona liderazgo a los ministros ordenados parroquiales regionales y no geográficos. Sirviendo como portavoz principal de la Iglesia Luterana General, Inc., el Decano promueve misiones, programas, alcances ecuménicos y la educación continua de nuestro clero. El decano sirve a perpetuidad.

 

El Decano Adjunto es designado por el Decano y sirve para ayudar, asesorar y aconsejar al Decano. El vicedecano no tiene poderes de decisión. Todas las decisiones finales sobre política y procedimiento pertenecen exclusivamente al decano.

El Liderazgo Nacional no ejerce control o autoridad sobre congregaciones o pastores individuales y solo sirve como asesor. El Liderazgo Nacional ayuda a los pastores en situaciones de crisis o por solicitud.

 

Directores estatales: los directores estatales son superintendentes de su estado o provincia asignados.
Los deberes y responsabilidades de los Directores de Estado son ayudar, alentar, ancianos, apoyar y guiar a Iglesias, Ministerios, Ministros y Pastores. Es deber del Director del Estado asegurar que cada asociación local, pastor, ministerio, ministro, congregación y otras afiliaciones de la Iglesia Luterana General, Inc. se adhieran a la Declaración de Fe y los principios de la Fe Cristiana. Las asociaciones locales, pastores, ministerios, congregaciones y otros afiliados informan cualquier problema o inquietud directamente a los directores estatales. Se alienta a los Directores estatales a resolver cualquier problema o inquietud a nivel estatal y local antes de contactar al Decano.

 

Entrenamiento pastoral

El Instituto Luterano General del Ministerio Pastoral ofrece cursos certificados gratuitos en teología sistemática, historia luterana, asesoramiento pastoral, lenguas bíblicas, teología pastoral y confesiones luteranas para cumplir con los requisitos académicos para la ordenación como ministro luterano general. Los cursos son impartidos por profesores calificados que poseen títulos de instituciones acreditadas por agencias reconocidas por el Departamento de Educación de los Estados Unidos o tienen un estado acreditado en sus respectivos países.

 

Declaración social

La Iglesia Luterana General se opone al matrimonio entre personas del mismo sexo, la ordenación de gays y lesbianas practicantes y los abortos que no son médicamente necesarios. Sin embargo, participar en comportamientos abusivos o maliciosos hacia la comunidad gay y lesbiana, todos los inmigrantes y aquellos que han tomado la difícil decisión de abortar están prohibidos. La denominación condena el racismo, la homofobia, la xenofobia, el sexismo y todos los demás tipos de odio y discriminación en todos los niveles.

 

ARTÍCULO 7. EL MINISTERIO

La Iglesia General Luterana, Inc. reconoce que Dios llama a todos los miembros de la iglesia a ser ministros y testigos del Evangelio en sus vidas y en la sociedad. También reconoce que Dios llama a algunos a ser misioneros, evangelistas, pastores, supervisores, pastores y maestros, como servidores para preparar a su pueblo para el servicio a los demás y para la edificación del Cuerpo de Cristo. La ordenación de la Iglesia Luterana General, Inc. es el rito por el cual uno de los llamados es reconocido y autorizado para realizar esos deberes ministeriales bajo el auspicio de la Iglesia Luterana General, Inc.

Como denominación de "iglesia libre", nuestras iglesias están gobernadas congregacionalmente y el único papel que tiene el Liderazgo Nacional es el de aconsejar y recomendar con una excepción: la Santa Ordenación.

Todas las ordenaciones deben ser aprobadas por el Comité de Credenciales. Todos los candidatos a la ordenación deben proporcionar los resultados de una verificación exhaustiva de antecedentes y una evaluación clínica de salud mental basada en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales, Quinta Edición (DSM-V) a sus expensas.

Las credenciales serán emitidas por el Comité de Credenciales que mantiene una lista de clérigos en lista que no solo sirven en congregaciones generales luteranas sino también congregaciones en otras denominaciones. También apreciamos la importancia y la historia de los grupos de cristianos que se reúnen regularmente para el culto y el compañerismo en entornos no tradicionales.

El juicio final para la ordenación se encuentra en el Decano. El Vicedecano y el Rector solo pueden hacer sugerencias relacionadas con los candidatos para la ordenación.

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CREDENCIALES EN LA IGLESIA GENERAL DE LUTHERAN, INC.

Las credenciales en la Iglesia General Luterana, Inc. están abiertas ante todo al clero luterano ordenado de otros cuerpos luteranos que están de acuerdo con nuestros principios de fe y quieren unirse con nosotros. La ordenación se realiza mediante una simple transferencia después de que se hayan verificado las investigaciones de antecedentes y las referencias.

Los ministros ordenados de otras denominaciones también pueden postularse.

Las personas no ordenadas que hayan alcanzado la edad de 25 años también pueden solicitar credenciales, pero deben cumplir con otros criterios según lo prescrito por el Comité de Credenciales.

La Iglesia prefiere candidatos para credenciales con títulos teológicos de postgrado de instituciones acreditadas. Las escuelas no acreditadas y el conocimiento individual de los principios teológicos en poder de la Iglesia Luterana General, Inc. se evaluarán caso por caso.

La instrucción teológica sobre teología luterana, historia, confesiones luteranas y nuestra creencia en la redención universal se impartirán en el Instituto Luterano General del Ministerio Pastoral. También se ofrecerán otros cursos sobre lenguas bíblicas y asesoramiento pastoral.

Los candidatos que no son luteranos deben asistir a los servicios litúrgicos de adoración luterana durante tres meses y proporcionar verificación, completar un curso en las Confesiones luteranas, familiarizarse completamente con cualquier Libro de adoración luterano y El libro de la concordia.

Todos los candidatos no ordenados para credenciales serán ordenados en una ceremonia de imposición de manos en una congregación local. Sin embargo, todas las credenciales serán emitidas por el Decano y el Comité de Credenciales.

La Iglesia aceptará verificaciones de antecedentes realizadas dentro de los seis meses a partir de la fecha de la solicitud.

 

ARTÍCULO 8. DISOLUCIÓN
La Iglesia General Luterana, Inc. no posee propiedades, solicita ni desembolsa fondos, no tiene un tesorero, cuenta bancaria ni ningún otro activo disponible. Por lo tanto, después de la disolución, la Iglesia simplemente dejará de existir sin activos disponibles para desembolsar.

 

ARTÍCULO 9. ENMIENDAS

Los miembros de la Iglesia Luterana General, Inc. pueden proponer enmiendas a esta Constitución y Estatutos. Dichas modificaciones propuestas se someterán al Consejo para su discusión. El decano toma la determinación final de adoptar los cambios.

 

 

Estatutos
Estos estatutos son debidamente adoptados y gobiernan los asuntos de la Iglesia Luterana General, Inc.

 

Estatuto Sección 1 - Membresía

B01.01. La Iglesia Luterana General, Inc. es una pequeña denominación de iglesias y, sujeto a las disposiciones de la constitución de la Iglesia Luterana General, Inc. y estos estatutos, los delegados votantes de esta Iglesia serán la Conferencia Nacional con el Decano. tener autoridad exclusiva en todos los asuntos de la Iglesia si así lo desea.

B01.02. La iglesia es una comunidad de creyentes bautizados reunidos en torno a la Palabra y el Sacramento. Sirve como el pueblo de Dios en el mundo, nutriendo a sus miembros y extendiéndose en testimonio y servicio al mundo. Cada iglesia miembro de esta Iglesia adoptará documentos de gobierno y se gobernará a sí mismo de tal manera que involucre a sus miembros en el cumplimiento de la definición, el propósito y las funciones de la iglesia miembro. Esta Iglesia no dirige, controla ni supervisa los asuntos de las iglesias miembros individuales, excepto lo dispuesto específicamente en la constitución.

B01.03. La Iglesia Luterana General, Inc. reconocerá, recibirá y mantendrá una lista de sus iglesias miembros y otros ministerios. Las iglesias miembros deberán:

Predica la Palabra y administra los sacramentos de acuerdo con la Sagrada Escritura (Antiguo y Nuevo Testamento) y con las Confesiones de la Iglesia Luterana (Libro de la Concordia)

Defender y suscribirse a la constitución de esta Iglesia

Acuerde llamar a los pastores que defiendan y suscriban activamente la constitución de esta Iglesia

Apoye la vida y el trabajo de esta Iglesia mediante su práctica, sus documentos de gobierno y su compromiso por escrito con esta Iglesia de cualquiera de las siguientes maneras:


Una iglesia miembro termina su relación con esta Iglesia siguiendo los procedimientos internos que requiere esa iglesia miembro y notifica por escrito a la Iglesia Luterana General, Inc. que ya no desea ser miembro de la Iglesia Luterana General, Inc.

Una iglesia miembro deja de existir cuando una iglesia miembro toma medidas para disolverse.

 

Estatuto Sección 2 - Ministerio

B02.01. Las iglesias miembros de esta Iglesia están autorizadas a llamar y ordenar pastores de acuerdo con los estándares que el Liderazgo Nacional puede adoptar de vez en cuando; sin embargo, todas las ordenaciones deben ser reconocidas por la Iglesia Luterana General, Inc. y las credenciales deben ser emitidas por la Iglesia Luterana General, Inc. para que sean válidas. Las credenciales deberán tener la forma de un certificado y una tarjeta de identificación.

B02.02. Los pastores de esta Iglesia aprobarán y suscribirán la Declaración de Fe de esta Iglesia y los estándares del ministerio establecidos por esta Iglesia. Cualquier plan de disciplina contendrá los derechos apropiados de apelación al Liderazgo Nacional. Cualquier acción tomada por el Liderazgo Nacional en tales asuntos puede ser anulada por el Decano.

B02.03. Los pastores de esta Iglesia pueden pertenecer a listas de clérigos o listas de otra comunidad, asociación o iglesia. Dichos pastores deberán notificar al Decano sobre cualquier membresía de clérigo doble o múltiple.

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Estatuto Sección 3 - Declaración de Propósito

B03.01. La misión de la Iglesia Luterana General, Inc. es

Para alcanzar a los quebrantados, los maltratados y magullados con el mensaje liberador del Evangelio de Jesucristo.


Estatuto Sección 4 - Organización

B04.01. Como denominación de iglesias y otros ministerios, la Iglesia Luterana General, Inc. ofrecerá supervisión (episkope) a sus iglesias miembros a través del Decano y Liderazgo Nacional y sus delegados.


B04.02. Las iglesias miembros, a su sola discreción, también pueden unirse en alianzas y asociaciones (afiliaciones) y pueden adoptar documentos de gobierno, presupuestos y otros procedimientos que permitirán que tales afiliaciones apoyen la misión de los miembros de esta comunidad.

B04.03. Las afiliaciones tendrán tales poderes para promover y cumplir los objetivos de esta Iglesia que se otorgan específicamente a esas afiliaciones por parte de las iglesias miembros y que de otro modo no están prohibidas por estos estatutos o la constitución de esta Iglesia.

B04.04. A menos que estos estatutos o la constitución de esta Iglesia lo prohíban, las iglesias serán libres de organizarse de la manera que esas iglesias consideren más efectiva para apoyar el propósito y los objetivos de esta comunidad.

 

 

Estatuto Sección 6 - El Liderazgo Nacional

B06.01. Sujeto a las limitaciones de la constitución o los estatutos de esta Iglesia, los asuntos y asuntos de la Iglesia Luterana General, Inc. serán administrados por el Liderazgo Nacional con el Decano con poderes de veto.

B06.02. Habrá cuatro miembros del Liderazgo Nacional. El vicedecano, el rector y el secretario. El decano ocupa el cargo a perpetuidad. El Decano tendrá el poder de volver a nombrar a cualquier miembro del Liderazgo Nacional. Solo los ministros de la parroquia servirán como miembros del liderazgo nacional.

 

B06.03. Las reuniones del Liderazgo Nacional se llevarán a cabo a petición del Decano o a solicitud de un miembro del Liderazgo Nacional y podrán realizarse por cualquier medio acordado. La notificación de una reunión convocada será por correo, teléfono, correo electrónico o en persona.

B06.04. La mayoría del liderazgo nacional que actualmente ocupa el cargo es un quórum para la transacción de cualquier negocio.

B06.05. Las vacantes en el Liderazgo Nacional debido a fallecimiento, renuncia o expulsión pueden llenarse con una cita del Decano.

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Estatuto Sección 7 - Oficiales de la Iglesia Luterana General, Inc.

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B07.01. Los oficiales de la Iglesia Luterana General, Inc. serán el decano, el decano adjunto, el rector y el secretario.

 

B07.02. El decano ocupa el cargo a perpetuidad. El decano es el líder espiritual de la Iglesia Luterana General, Inc. y es el pastor y maestro que proporciona liderazgo espiritual para la vida y el testimonio de la Iglesia. El decano predica, enseña y administra los sacramentos del santo bautismo y la santa comunión de acuerdo con la fe de esta Iglesia. El decano supervisa el trabajo general de la iglesia. Como pastor, el decano proporciona liderazgo a los ministros regionales y no geográficos. El Decano tiene poder de veto sobre todas y cada una de las decisiones tomadas por el Liderazgo Nacional.

B07.03. Si el decano muere o queda incapacitado o renuncia, el decano suplente será el sucesor.

B07.04. El liderazgo nacional consta de tres miembros, el vicedecano, el rector y el secretario. Los deberes de los miembros del Liderazgo Nacional son ayudar al Decano en los asuntos diarios de la Iglesia, aprobar todas las ordenaciones, aprobar los nombramientos de Ministros y cualquier otra tarea asignada por el Decano. El decano tiene la decisión final sobre la aprobación de las ordenaciones.

B07.05. En el caso de que un miembro del Liderazgo Nacional renuncie, sea removido o ya no pueda servir, el sucesor será nombrado por el Decano entre los Ministros ordenados de la Iglesia. El sucesor deberá completar el mandato del miembro anterior de la Dirección Nacional.

B07.06. El ministro ordenado de la parroquia administrará y supervisará todos los asuntos dentro de su parroquia. Los ministros ordenados de la parroquia son responsables de sus respectivos estados y están bajo la autoridad del liderazgo nacional y el decano. El ministro ordenado de la parroquia sirve hasta la renuncia o destitución.

B07.07. En el caso de una vacante de ministro ordenado de la parroquia, su reemplazo será elegido por el liderazgo nacional y el decano entre un ministro de la parroquia dentro del estado.

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Estatuto Sección 8 - Modificación de los estatutos

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B08.01. Estos estatutos pueden ser enmendados por 2/3 de los votos de la mayoría del liderazgo nacional con poder de veto ejercido por el decano si así lo desea.

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