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constitución y estatutos

WHAT IS A LUTHERAN?
 

Lutherans subscribe to the authority of the Scriptures, the Lutheran Confessions and the three Ecumenical Creeds (Apostles' Creed, Nicene Creed, and the Athanasian Creed). These confessional writings and creeds are recorded in the volume, The Book of Concord, the very purpose of which was and still is to seek "harmony" ("Concord") among those who call themselves "Lutheran."

According to the Confessions, Lutherans believe, teach and confess that the Bible is the Word of God and that it is the "sole rule and norm of all doctrine." Along with this understanding of Scripture, it is uniquely Lutheran to believe, teach and confess that all of Scripture is divided into either Law or Gospel. Along with the Scriptures, Lutherans subscribe to the Confessions as normative for faith and life because they are an interpretation of the Word of God.  And this confession is made by both people and pastors who call themselves "Lutheran."

 

General Lutherans are free to view the of Concord from either the "quia" or the "quatenus" perspective. Those who hold to the "quia" perspective believe the Book of Concord is a faithful exposition of Scripture. Those who hold to the "quatenus" perspective subscribe to the Book of Concord insofar as the Book of Concord is faithful to the Scriptures. In the case of Ordained Ministers, Churches in this Denomination, the Quatenus perspective holds only to our position to Universal Redemption. The rest of the Confessions are accepted as they stand.

Lutherans are "evangelicals" meaning what Lutherans believe, teach and confess as part of their public witness to the world for the sake of the Gospel of our salvation by grace through faith in Jesus Christ. That witness sends Lutherans into the world as they respond to the Scriptural dictate to "Go and make disciples of all nations" (Matthew 28:18-20).

 

La Sagradas Escrituras


Creemos que la Biblia es la revelación escrita de Dios al hombre, y por lo tanto, los 66 libros de la Biblia que nos dio el Espíritu Santo constituyen la Palabra de Dios plenaria (inspirada por igual en todas las partes) (1 Cor 2: 7-14; 2 Ped. 1: 20-21).

Creemos que la Palabra de Dios es una revelación proposicional objetiva (1 Tes. 2:13; 1 Cor. 2:13), inspirada verbalmente en cada palabra (2 Tim. 3:16), absolutamente infalible en los documentos originales, infalible y de Dios. -respiré.

Creemos que la Biblia constituye la única regla infalible de fe y práctica (Mateo 5:18; 24:35; Juan 10:35; 16: 12-13; 17:17; 1 Cor 2:13; 2 Tim 3: 15- 17; Hebreos 4:12; 2 Pedro 1: 20-21). Creemos que Dios habló en Su Palabra escrita mediante un proceso de autoría dual. El Espíritu Santo supervisó tanto a los autores humanos que, a través de sus personalidades individuales y diferentes estilos de escritura, compusieron y registraron la Palabra de Dios al hombre (2 Pedro 1: 20-21) sin error en todo o en parte (Mateo 5: 18; 2 Timoteo 3:16).

PREÁMBULO:

Declaramos y establecemos esta Constitución y estos Estatutos para preservar y perpetuar los principios de nuestra fe cristiana común y para gobernar este cuerpo de manera ordenada y bíblica. Estos estatutos buscarán preservar las libertades de cada miembro individual y la libertad de acción de este cuerpo para lograr su propósito dado por Dios.  

 

ARTÍCULO 1. NOMBRE

El nombre legal de esta organización será General Lutheran Church, Inc. y también se conocerá como General Lutheran Church.

ARTÍCULO 2. OBJETO

Defender el cristianismo bíblico centrado en Cristo, moralmente sólido, que comprende la fe cristiana: la fe y la práctica de los apóstoles y los primeros discípulos de Jesucristo, nuestro Señor y Salvador.

 

ARTÍCULO 3. DECLARACIÓN DE UNIDAD Y VERDADES FUNDAMENTALES

Reconociendo la unidad de la Iglesia de Cristo en todo el mundo, y sabiendo que somos una sola rama del pueblo de Cristo, mientras nos adherimos a nuestra fe y orden particulares, extendemos a todos los creyentes la mano del compañerismo cristiano, sobre la base de aquellos grandes verdades fundamentales en las que todos deberían estar de acuerdo. Con ellos confesamos nuestra fe en un Dios, cuya naturaleza es el amor, revelado en un Señor Jesucristo, por un Espíritu Santo de gracia. Creemos que Jesús vino en carne, murió por nuestros pecados, fue sepultado y resucitó al tercer día según las Escrituras. Afirmando ahora nuestra creencia de que aquellos que así se aferran a estas verdades fundamentales juntos constituyen la única Iglesia universal, las varias familias de las cuales, aunque llamadas con diferentes nombres, son el único cuerpo de Cristo, y que estos miembros de su cuerpo están sagradamente vinculados a mantener "la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz", declaramos que cooperaremos con todos los que sostienen estas verdades. Creemos que, más allá de estas verdades fundamentales, puede haber unidad en la diversidad y diversidad en la unidad en otros particulares de fe dentro del cuerpo de Cristo.

 

ARTÍCULO 4. DECLARACIÓN DE FE

La Iglesia Luterana General valora las Confesiones Luteranas como se expresa en el Libro de la Concordia , otras obras de Martín Lutero y los escritos de Samuel Simon Schmucker como guías teológicas, y permite a sus ministros y congregaciones la libertad de conciencia para interpretar y aplicar las enseñanzas de las Confesiones Luteranas. La iglesia también apoya el derecho y el deber del juicio privado en la interpretación de las Escrituras. Sin embargo, las declaraciones teológicas de cada congregación de GLC, clero ordenado u otros ministerios deben ser aprobadas por el Decano de la Denominación. La denominación espera que las congregaciones y los ministros cumplan con la Profesión de Fe de Heidelberg y el siguiente conjunto de creencias:

  • * Creencia en el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo. - Juan 1:18

  • * Creencia de que Jesucristo es el Señor y Salvador de todos. - Primera Corintios 15:22

  • * Creencia de que la Biblia es la Palabra de Dios verbal, inspirada e ineficaz, y guía suficiente para la fe y la práctica. - Mateo 4: 4

  • * Creencia en dos sacramentos: Santo Bautismo y Sagrada Comunión. - San Marcos 22: 14-20

  • * Creencia en la justa retribución del pecado. - Colosenses 3:25

  • * Creencia de que hay una amplitud en la misericordia de Dios. - Efesios 2: 4-7

La denominación basa su creencia en la salvación universal de la declaración de Martín Lutero, "Dios no permita que yo limite el tiempo de adquirir fe a la vida presente. En la profundidad de la misericordia Divina, puede haber una oportunidad de ganarla en el futuro, "y del Nuevo Testamento:" Y cuando yo sea levantado de la tierra, atraeré a todos hacia mí "(Juan 12:32)," Todos verán la salvación de Dios "(Lucas 3: 6), y" Nuestra esperanza está puesta en el Dios vivo, que es el salvador de todos los hombres, especialmente de los que creen ”(1 Timoteo 4:10).

 

PRINCIPIOS DE UNIDAD


SOMOS CRISTIANOS PROTESTANTES
No somos una comunidad “católica evangélica” en el sentido de tener el deseo de unirnos, ni eclesiásticamente ni teológicamente, a la Iglesia Romana, o cualquiera de sus posiciones declaradas en el Concilio de Trento, o cualquiera de sus concilios posteriores. Somos una comunidad “católica evangélica” ya que nos adherimos a los principios, dogmas y doctrinas generalmente aceptados de la fe protestante dentro del cristianismo, como se establece en las Confesiones luteranas.
 



SOMOS UNA COMUNIDAD LUTERANA
La General Lutheran Church, Inc. es una comunidad de cristianos que reconocen y abrazan el luteranismo tradicional.
 

SOMOS UNA IGLESIA DE IGUALES
Se han celebrado conferencias en la Iglesia cristiana desde sus inicios. La consulta y la colaboración mutuas son fundamentales para convertirse en una comunidad eficaz. La Iglesia es una comunidad de intercambio, apoyo, aliento y colaboración mutuos.

PRINCIPIOS DE VISION

  • La antigua fe cristiana puede ser una expresión relativa de la verdad universal de que toda vida es sagrada y unida. 

  • La Iglesia denuncia la discriminación por motivos de género, raza, sexualidad, nacionalidad, idioma, cultura, religión, discapacidad u otros rasgos distintivos. 

  • Participar en la "Gran Comisión" (San Marcos 16:15) requiere la demostración del mensaje liberador del Evangelio, no solo su proclamación. Debemos practicar lo que predicamos.  

  • El mensaje del Evangelio de Jesucristo obliga a todos los creyentes a luchar por la justicia y la paz entre todas las personas y a convertirse en defensores dedicados de los quebrantados, los maltratados y los magullados.

  • La fe cristiana incluye reverencia y cuidado por la Tierra y todas las cosas creadas. 

  • La fe cristiana es un camino de desarrollo espiritual y requiere un compromiso de aprendizaje continuo.

 

ARTÍCULO 5. MIEMBROS

  • CALIFICACIONES PARA LA MEMBRESÍA. La membresía consistirá en personas que estén de acuerdo con la Declaración de Fe y que se regirán por la Constitución y los Reglamentos de la Iglesia Luterana General, Inc.

  • PACTO DE CONDUCTA DE LOS MIEMBROS Los principios fundamentales de la Iglesia Luterana General, Inc. se basan en la Palabra de Dios. Por lo tanto, se espera que cada miembro viva de acuerdo con sus enseñanzas y evite y se abstenga de aquello que es destructivo para la vida cristiana y deshonroso para Dios. Se amonesta seriamente a todos los miembros a:

    • Mantener altos valores éticos y morales en todos sus tratos, personal y profesionalmente.

    • Respetar las diferencias de creencias religiosas de los demás, incluidas las diferencias de doctrina, estilo y personalidad de otros cristianos al seguir la guía del Espíritu Santo.

    • Solo hable de manera edificante con respecto a los demás, incluidos los ministros cristianos, los ministerios y el Cuerpo de Cristo en general.

    • Trate a todas las personas con las que entren en contacto como les gustaría ser tratados.

    • Todos los miembros y ministros de la General Lutheran Church, Inc. son responsables de sus propias acciones. La Iglesia Luterana General, Inc. no asume ninguna responsabilidad legal por ninguno de sus miembros o ministros asociados. La membresía y la posición ministerial en la General Lutheran Church, Inc. serán revocadas por comportamientos probados impropios de cristianos y ministros.

 

ARTÍCULO 6. GOBIERNO Y FUNCIONARIOS

 

El gobierno de la Iglesia Luterana General, Inc.  es semi-congregacional. El organismo regulador y de gobierno central de la Iglesia Luterana General, Inc. es el Liderazgo Nacional. El Liderazgo Nacional está compuesto por el Decano, el Vicedecano, el Rector del Instituto de Ministerio Pastoral y el Secretario de Actas. No se pagarán salarios a ningún funcionario de la Iglesia Luterana General, Inc.

El Decano es el presidente, administrador ejecutivo y líder espiritual de la denominación. El Decano tiene la responsabilidad de garantizar que se lleven a cabo el propósito y la misión de la Iglesia Luterana General y que se respeten la Declaración de Fe y los principios generales de la fe cristiana.

Las responsabilidades incluyen supervisar y regular asuntos relacionados con los intereses administrativos, legislativos, ministeriales, evangelísticos, educativos, misioneros, benévolos y otros de la denominación.

El decano supervisa  el trabajo de la iglesia en su conjunto.  Como pastor,  él proveé  liderazgo a parroquias regionales y no geográficas  Ministros ordenados. Sirviendo como jefe  portavoz de la Iglesia Luterana General, Inc. el Decano promueve misiones, programas, alcance ecuménico y la educación continua de nuestros  clero.  El decano sirve a perpetuidad.

 

El vicedecano es designado por el decano y sirve para ayudar, asesorar y asesorar al decano. El vicedecano no tiene poder de decisión. Todas las decisiones finales con respecto a la política y el procedimiento pertenecen exclusivamente al Decano.

El Liderazgo Nacional no ejerce control ni autoridad sobre congregaciones o pastores individuales y solo sirve como asesor. El Liderazgo Nacional ayuda a los pastores en situaciones de crisis o por solicitud.

 

Directores de Estado: Los Directores de Estado son Superintendentes de su Estado o Provincia asignado.
Los deberes y responsabilidades de los Directores de Estado son ayudar, animar, cuidar, apoyar y orientar a iglesias, ministerios, ministros y pastores. Es deber del Director de Estado asegurar que cada asociación local, pastor, ministerio, ministro, congregación y otras afiliaciones de la Iglesia Luterana General, Inc. se adhieran a la Declaración de Fe y los principios de la Fe Cristiana. Las asociaciones locales, pastores, ministerios, congregaciones y otras afiliadas informan sobre cualquier problema o inquietud directamente a los directores estatales. Se alienta a los directores estatales a resolver cualquier problema o inquietud a nivel estatal y local antes de comunicarse con el Decano.

 

Entrenamiento pastoral

El Instituto General Luterano de Ministerio Pastoral ofrece cursos certificados gratuitos en teología sistemática, historia luterana, consejería pastoral, lenguajes bíblicos, teología pastoral y confesiones luteranas para cumplir con los requisitos académicos para la ordenación como ministro luterano general. Los cursos son impartidos por profesores calificados que tienen títulos de instituciones acreditadas por agencias reconocidas por el Departamento de Educación de los Estados Unidos o tienen un estatus acreditado en sus respectivos países.

Declaración social

La Iglesia Luterana General se opone al matrimonio entre personas del mismo sexo, la ordenación de gays y lesbianas practicantes y los abortos que no son médicamente necesarios. Sin embargo, está prohibido participar en comportamientos abusivos o maliciosos hacia la comunidad gay y lesbiana, todos los inmigrantes y aquellos que han tomado la difícil decisión de abortar. La denominación condena el racismo, la homofobia, la xenofobia, el sexismo y todos los demás tipos de odio y discriminación en todos los niveles.

 

ARTÍCULO 7. EL MINISTERIO

La Iglesia General Luterana, Inc. reconoce que Dios llama a todos los miembros de la iglesia a ser ministros y testigos del Evangelio en sus vidas y en la sociedad. También reconoce que Dios llama a algunos a ser misioneros, evangelistas, pastores, supervisores, pastores y maestros, como siervos para preparar a su pueblo para el servicio a los demás y para la edificación del Cuerpo de Cristo. La ordenación por parte de la Iglesia Luterana General, Inc. es el rito por el cual se reconoce y autoriza a uno de los así llamados a realizar esas tareas ministeriales bajo el auspicio de la Iglesia Luterana General, Inc.

Como denominación de “iglesia libre”, nuestras iglesias están gobernadas por la congregación y el único papel que tiene el Liderazgo Nacional es el de asesorar y recomendar con una excepción: la Santa Ordenación.

Todas las ordenaciones deben ser aprobadas por el Comité de Credenciales. Todos los candidatos a la ordenación deben proporcionar los resultados de una verificación de antecedentes completa y una evaluación clínica de la salud mental basada en el Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, quinta edición (DSM-V) a su cargo.

Las credenciales serán emitidas por el Comité de Credenciales, que mantiene una lista de clérigos inscritos que no solo sirven en las congregaciones luteranas generales sino también en las congregaciones de otras denominaciones. También apreciamos la importancia y la historia de los grupos de cristianos que se reúnen regularmente para adorar y tener compañerismo en entornos no tradicionales.

El juicio final para la ordenación está en el Decano. El vicedecano y el rector solo pueden hacer sugerencias de candidatos relacionados para la ordenación.

CREDENCIALES EN LA IGLESIA GENERAL LUTHERAN, INC.

  • Las credenciales en General Lutheran Church, Inc. están abiertas ante todo al clero luterano ordenado de otros cuerpos luteranos que estén de acuerdo con nuestros principios de fe y quieran unirse con nosotros. La ordenación se realiza mediante transferencia simple después de que se hayan verificado las investigaciones de antecedentes y las referencias.

  • Los ministros ordenados de otras denominaciones también pueden postularse.

  • Las personas no ordenadas que hayan cumplido los 25 años también pueden solicitar credenciales, pero deben cumplir con otros criterios según lo prescrito por el Comité de Credenciales.

  • La Iglesia prefiere que los candidatos para las credenciales tengan títulos de posgrado en teología de instituciones acreditadas. Las escuelas no acreditadas y el conocimiento individual de los principios teológicos sostenidos por la Iglesia Luterana General, Inc. serán evaluados caso por caso.

  • La instrucción teológica sobre la teología luterana, la historia, las confesiones luteranas, así como nuestra creencia en la redención universal, se impartirán en el Instituto General Luterano de Ministerio Pastoral. También se ofrecerán otros cursos sobre Idiomas Bíblicos y Consejería Pastoral.

  • Los candidatos que no sean luteranos deben asistir a los servicios de adoración litúrgica luterana durante tres meses y proporcionar verificación, completar un curso sobre las confesiones luteranas, familiarizarse completamente con cualquier libro de adoración luterano y el libro de la concordia.

  • Todos los candidatos no ordenados para las credenciales serán ordenados en una ceremonia de imposición de manos en una congregación local. Sin embargo, todas las credenciales serán emitidas por el Decano y el Comité de Credenciales. 

  • La Iglesia aceptará verificaciones de antecedentes realizadas dentro de los seis meses a partir de la fecha de la solicitud.

 

ARTÍCULO 8. DISOLUCIÓN
La Iglesia General Luterana, Inc. no posee propiedades, no solicita ni desembolsa fondos, no tiene un tesorero, cuenta bancaria ni ningún otro activo disponible. Por lo tanto, tras la disolución, la Iglesia simplemente dejará de existir sin activos disponibles para desembolsar.
 

 

  • ARTÍCULO 9. ENMIENDAS

Los miembros de la Iglesia Luterana General, Inc. pueden proponer enmiendas a esta Constitución y Reglamentos. Dichas enmiendas propuestas se presentarán al Consejo para su discusión. El decano toma la decisión final de adoptar los cambios.

 

 

ESTATUTOS
Estos estatutos son debidamente adoptados y gobiernan los asuntos de la Iglesia Luterana General, Inc.

Sección 1 del estatuto - Membresía

B01.01. La Iglesia Luterana General, Inc. es una
  pequeñas denominaciones de iglesias y, sujeto a las disposiciones de la constitución de The General Lutheran Church, Inc. y estos estatutos, los delegados con derecho a voto de esta Iglesia serán la Conferencia Nacional, y el Decano tendrá la autoridad exclusiva en todos los asuntos de la Iglesia. si así lo desea.

B01.02. La iglesia es una comunidad de creyentes bautizados reunidos en torno a la Palabra y el Sacramento. Sirve como pueblo de Dios en el mundo, alimenta a sus miembros y brinda testimonio y servicio al mundo. Cada iglesia miembro de esta Iglesia adoptará documentos de gobierno y se gobernará a sí misma de tal manera que sus miembros participen en el cumplimiento de la definición, el propósito y las funciones de la iglesia miembro. Esta Iglesia no dirige, controla ni supervisa los asuntos de las iglesias miembros individuales, excepto según lo estipulado específicamente en la constitución.

B01.03. La General Lutheran Church, Inc. reconocerá, recibirá y mantendrá una lista de sus iglesias miembros y otros ministerios. Las iglesias miembros deberán:

  • Predicar la Palabra y administrar los sacramentos de acuerdo con la Sagrada Escritura (Antiguo y Nuevo Testamento) y con las Confesiones de la iglesia luterana (Libro de la Concordia).

  • Mantener y suscribir la constitución de esta Iglesia.

  • Acordar llamar a pastores que defiendan y suscriban activamente la constitución de esta Iglesia.

  • Apoyar la vida y obra de esta Iglesia con su práctica, sus documentos de gobierno y con un compromiso escrito con esta Iglesia en cualquiera de las siguientes formas:


Una iglesia miembro termina su relación con esta Iglesia siguiendo los procedimientos internos requeridos por esa iglesia miembro y notifica por escrito a la Iglesia Luterana General, Inc. que ya no desea ser miembro de la Iglesia Luterana General, Inc.

Una iglesia miembro deja de existir cuando una iglesia miembro toma medidas para disolverse.

Artículo 2 del estatuto - Ministerio

B02.01. Las iglesias miembros de esta Iglesia están autorizadas a llamar y ordenar pastores de conformidad con los estándares que el Liderazgo Nacional pueda adoptar de vez en cuando; sin embargo, todas las ordenaciones deben ser reconocidas por General Lutheran Church, Inc. y las credenciales deben ser emitidas por General Lutheran Church, Inc. para que sean válidas. Las credenciales deberán consistir en un certificado y una tarjeta de identificación.

B02.02. Los pastores de esta Iglesia aprobarán y suscribirán la Declaración de Fe de esta Iglesia y las normas ministeriales establecidas por esta Iglesia. Cualquier plan de disciplina contendrá los derechos apropiados de apelación al Liderazgo Nacional. Cualquier acción tomada por el Liderazgo Nacional en tales asuntos puede ser anulada por el Decano.

B02.03. Los pastores de esta Iglesia pueden pertenecer a listas de clérigos o listas de otra confraternidad, asociación o iglesia. Dichos pastores notificarán al Decano de cualquier membresía de clérigos dobles o múltiples.

 

Artículo 3 del estatuto - Declaración de propósito

B03.01. La misión de la Iglesia Luterana General, Inc.
  es

  • Para llegar a los quebrantados, golpeados y magullados con el mensaje liberador del Evangelio de Jesucristo.


Artículo 4 del estatuto - Organización

B04.01. Como denominación de iglesias y otros ministerios, la Iglesia Luterana General, Inc. ofrecerá supervisión (episkope) a sus iglesias miembros a través del Decano y Liderazgo Nacional y sus delegados.


B04.02. Las iglesias miembros, a su sola discreción, también pueden unirse en alianzas y asociaciones (afiliaciones) y pueden adoptar documentos de gobierno, presupuestos y otros procedimientos que permitirán que dichas afiliaciones apoyen la misión de los miembros de esta confraternidad.

B04.03. Las afiliaciones tendrán los poderes para promover y lograr los objetivos de esta Iglesia que las iglesias miembros otorgan específicamente a esas afiliaciones y que no están prohibidos por estos estatutos o la constitución de esta Iglesia.

B04.04. A menos que lo prohíban estos estatutos o la constitución de esta Iglesia, las iglesias tendrán la libertad de organizarse de la manera que consideren más eficaz esas iglesias en apoyo del propósito y los objetivos de esta confraternidad.

Sección 6 del estatuto - El liderazgo nacional

B06.01. Sujeto a las limitaciones de la constitución o los estatutos de esta Iglesia, los negocios y asuntos de la Iglesia Luterana General, Inc. serán administrados por el Liderazgo Nacional y el Decano tendrá poder de veto.

B06.02. Habrá cuatro miembros del Liderazgo Nacional. El vicedecano, el preboste y el secretario. El decano ocupa el cargo a perpetuidad. El Decano tendrá la facultad de volver a nombrar a cualquier miembro del Liderazgo Nacional. Solo los ministros parroquiales servirán como miembros del liderazgo nacional.



B06.03. Las reuniones del Liderazgo Nacional se llevarán a cabo por convocatoria del Decano o por solicitud de un miembro del Liderazgo Nacional y podrán realizarse por cualquier medio que se acuerde. La notificación de una reunión convocada se hará por correo, teléfono, correo electrónico o en persona.

B06.04. La mayoría del Liderazgo Nacional que ocupa actualmente el cargo es un quórum para la transacción de cualquier negocio.

B06.05. Las vacantes en el Liderazgo Nacional debido a muerte, renuncia o remoción pueden ser cubiertas por designación del Decano.

Sección 7 del estatuto - Oficiales de la Iglesia Luterana General, Inc.

B07.01. Los oficiales de la Iglesia Luterana General, Inc. serán el Decano, el Vicedecano, el Rector y el Secretario.

B07.02. El decano ocupa el cargo a perpetuidad. El Decano es el líder espiritual de la Iglesia Luterana General, Inc. y es el pastor y maestro que proporciona liderazgo espiritual para la vida y el testimonio de la Iglesia. El Decano predica, enseña y administra los sacramentos del Santo Bautismo y la Sagrada Comunión de acuerdo con la fe de esta Iglesia. El Decano supervisa el trabajo general de la iglesia. Como pastor, el decano proporciona liderazgo a los ministros regionales y no geográficos. El Decano tiene poder de veto sobre todas y cada una de las decisiones tomadas por el Liderazgo Nacional.

B07.03. Si el Decano muere, queda incapacitado o dimite, el Decano adjunto será el sucesor.

B07.04. El liderazgo nacional consta de tres miembros, el vicedecano, el rector y el secretario. Los deberes de los miembros del Liderazgo Nacional son ayudar al Decano en los asuntos diarios de la Iglesia, aprobar todas las ordenaciones, aprobar los nombramientos de Ministros y todas y cada una de las demás funciones asignadas por el Decano. El decano tiene la decisión final sobre la aprobación de las ordenaciones.

B07.05.
  En el caso de que un miembro del Liderazgo Nacional renuncie, sea removido o ya no pueda servir, el sucesor será designado por el Decano de entre los Ministros Ordenados de la Iglesia. El sucesor completará el mandato del miembro anterior del Liderazgo Nacional.

B07.06. El Ministro Ordenado Parroquial administrará y supervisará todos los asuntos dentro de su Parroquia. Los ministros ordenados parroquiales son responsables de sus respectivos estados y están bajo la autoridad del liderazgo nacional y del decano. El Ministro Ordenado Parroquial sirve hasta la renuncia o destitución.

B07.07. En el caso de una vacante de Ministro Ordenado Parroquial, su reemplazo será elegido por el liderazgo nacional y el Decano de entre un ministro parroquial dentro del estado.

 


Sección 8 de los estatutos - Enmienda de los estatutos

B08.01. Estos estatutos pueden enmendarse por mayoría de 2/3 de votos del liderazgo nacional con poder de veto ejercido por el Decano si así lo desea.

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